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INTRODUCCION:

               La Oficina Municipal de Asuntos Religiosos  (OMAR) nace por la necesidad de la autoridad comunal de relacionarse con las diferentes entidades religiosas que conviven en cada comuna del país,  toda vez  que a raíz de la promulgación de la ley 19.638, que establece normas sobre la constitución jurídica de las iglesias y organizaciones religiosas, se ha incrementado a llegar a un 28,7% de la población nacional , y la iglesia mayoritaria alcanza un 62 % de los ciudadanos del país, sin embargo el número de templos o lugares de culto de Las entidades religiosas cristianas evangélicas sobrepasan  en un 300 % la cantidad de templos o iglesias.

               No es menor considerar que las personas que dicen ser católicos, lo hacen por tradición familiar, son pocas las personas que tienen  un compromiso real con su parroquia o capilla,  sin embargo, las personas que se identifican como cristianos  o evangélicos, tiene un compromiso real con su comunidad. Más aún cuando es la Iglesia en todas sus formas es un colaborador  del estado, al llegar a un grupo de personas que pueden cambiar o modificar su calidad de vida.

               Los ejes fundamentales para el desarrollo de sus actividades  son:

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  • ATENCION continua  a personas ligadas a entidades religiosas  de la comuna; dando cuenta y reconociendo el aporte e incidencia en el desarrollo comunal y social.

  • Procurar AGRUPAR a las distintas  entidades religiosas; en relación al bien común y progreso de la comunidad local, de manera tal de favorecer si integración al desarrollo local.

  • GARANTIZAR la libertad de culto: Conforme al marco legal vigente y los tratados internacionales, ratificados por el estado de Chile, donde se garantiza la libertad de conciencia y de culto.

               Los servicios que se  proporcionarán giran en torno a la atención oportuna, eficaz, eficiente y relevante de los asuntos originados por materias religiosas, por medio de la difusión de las disposiciones jurídicas  y administrativas de la ley 19.638 o mal llamada ley de culto, que regula la creación de entidades religiosas de derecho público, y particularmente lo establecido en la constitución política de Chile en su Artículo 19 numero 6 donde se consagra la libertad de culto en todo el territorio Nacional. Y el marco legal vigente que considera, leyes, decretos y ordenanzas para garantizar estos derechos adquiridos por el solo ministerio de la Ley.

               Es pertinente señalar que la OMAR, trabajará coordinadamente con todas las unidades municipales a fin de dar respuesta a las solicitudes y requerimientos de las entidades religiosas, ingresadas al sistema Documental de cada municipio. Además podrá gestionar con otros organismos no gubernamentales  que estén interesados en potenciar la participación ciudadana a través delas entidades religiosas.

               Para el desarrollo de sus actividades la OMAR pondrá todos sus esfuerzos para acrecentar y asegurar los principios de establecer una “Sociedad de Valores”, caracterizada por un “Vivir”, un Convivir , para contrarrestar la Incertidumbre , la muerte o inacción social, de cada comunidad.

               La Iglesia en todas sus formas , siempre han sido un colaborador silencioso del estado,  las actividades del ámbito religioso son un real aporte a la formación y desarrollo integral del ser humano, pues envuelve e involucra el concepto “Ontológico”, es decir, se basa en que si somos capaces de concebir la idea de la existencia de Dios es porque, en efecto, Existe.

 

MISION Y VISION

MISION: La OMAR es la unidad organizativa  del Municipio encargado de auxiliar y gestionar, dentro del ámbito jurisdiccional, al gobierno  Municipal en el diseño y ejecución de políticas de aplicación de la normativa jurídica vigente en materia religiosa, así, como en la de creencias y de culto ancestrales, propiciando la cultura de la tolerancia y convivencia armónica  de todos los creyentes y no creyentes en un marco de respeto mutuo. Por tal motivo estará encargada del fortalecimiento de los vínculos con todas las entidades religiosas existentes en la comuna y otras organizaciones comunitarias con el fin de contribuir al progreso y desarrollo comunal.

VISION: convertirse en una oficina municipal que, mediante el fomento del respeto , la libertad religiosa y la igualdad de culto, promueva la paz familiar y social que impulse el pleno desarrollo de las comunidades religiosas y por ende el desarrollo comunal.

 

OBJETIVO GENERAL:

            La Oficina de Asuntos Religiosos de una municipalidad, depende de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) y cuenta con un  equipo de profesionales dispuestos a gestionar las inquietudes de las entidades religiosas de la comuna. O solo una persona que sea el interlocutor para gestionar los apoyos necesarios para el desarrollo de la iglesia local, Con ello, esperamos que se conviertan en un polo de desarrollo que aporte a la integración social y comunitaria.

               Su objetivo General, es apoyar la gestión de las diferentes Organizaciones religiosas existentes en cada comuna para favorecer su integración en el desarrollo comunal

 

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

          Desglosan las líneas de acción de esta Oficina y tiene relación con las áreas de intervención, o modelo de gestión, que se han definido para lograr su cometido

                 POLITICAS PUBLICAS 

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